La Ley General de Educación N° 28044, en su Art. 66, señala que la IIEE, como comunidad de
aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema
educativo descentralizado. Su finalidad es el logro de los aprendizajes y la formación
integral de sus estudiantes.
En tal sentido, el director/a de la IIEE, desarrollará una
gestión escolar con liderazgo pedagógico que conlleva a una labor
desarrolladora y transformadora para el logro de aprendizaje de los niños y
niñas (NN).
Bajo ese marco, la gestión escolar será efectiva, autónoma,
participativa, transparente con perspectiva integral y articulada a los actores
de la comunidad, centrado en los estudiantes y sus logros de aprendizaje para consolidar
la formación integral de NN, basados en los enfoques: intercultural, de
derechos, género, ambiental.
La escuela promoverá y fortalecerá las relaciones de igualdad
en roles y oportunidades de los NN; protagonismo de los NN en los diversos
momentos y espacios; involucramiento de los padres- madres de familia y actores
socio comunitarios en los procesos
educativos (GL, Salud, sabios, autoridades comunales, etc); desarrollo de la
identidad personal, cultural, social, planetaria de los NN; promoción de
entornos saludables y protectores desde una mirada territorial; escuelas
inclusivas y acogedoras, con cultura organizacional transparente y mejora continua.
Lo cual exige al Minedu y GRA - IGED la supervisión,
monitoreo y asistencia técnica oportuna-pertinente, infraestructura segura,
acogedora y suficiente, presupuesto correspondiente para su funcionamiento,
directores y docentes con alta conciencia y compromiso social.
Publicado en Diario el Correo
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