Según la Constitución, Ley del
Procedimiento Administrativo General, Ley del Servicio Civil, entre otras, los
funcionarios y servidores públicos tienen como función garantizar la vigencia
de los derechos fundamentales de las personas, buscando el bienestar social,
siendo su primordial función el estar al servicio de la comunidad. Por ello,
deben cumplir sus funciones con el debido profesionalismo y la ética correspondiente.
En tal sentido, son responsables de garantizar la implementación de las Políticas Públicas; ya que, ellas constituyen uno de los
instrumentos para atender las demandas, necesidades de la población como
derecho.
El Sistema educativo cuenta con un
conjunto de políticas; las mismas que, están establecidas en la Constitución,
Ley General de Educación, Proyectos Educativos Nacional, Regional, Local, etc.
En esta línea, la Interculturalidad asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y
lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las
diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del
otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas
culturas del mundo (Ley N°28044). Asimismo, el Estado fomenta la
educación bilingüe e intercultural, según las características de cada zona.
Preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país (Art.
17° CPE). Por tanto, la EIB se ofrece en todo el
sistema educativo.
Sin embargo, todavía se
escuchan voces descabelladas e infelices de algunos funcionarios y servidores
públicos del sector, en el sentido que la EIB es un “atraso”, “no sirve para
desenvolverse en el marco de la globalización”,… ¡qué tal
funcionario-servidor público!.
Publicado en Diario el Correo
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