El consejo participativo local de
educación (COPALE), es el órgano de participación, concertación vigilancia
ciudadana que apoya el proceso de elaboración, seguimiento y evaluación del
proyecto educativo local.
La conformación y convocatoria de
los COPALE es responsabilidad de las UGEL, en coordinación con cada uno de los
gobiernos locales (GL). En tal sentido, las UGEL tienen la responsabilidad de
impulsar acciones del COPALE, como es el caso de la elaboración, seguimiento y
evaluación del proyecto educativo local (PEL), así como de generar acuerdos, la
participación y vigilancia ciudadana como derecho.
El PEL es el principal instrumento de gestión educativa para el mediano
plazo de alcance territorial de la UGEL. Es formulado por la UGEL con
participación del COPALE, articulado al plan de desarrollo local concertado,
PER y el PEN. (DS Nº 011-2012-ED).
Asimismo, según la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, los GL deben diseñar,
ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, en coordinación
con la DREA y las UGEL, según corresponda…; a su vez, impulsar y organizar el COPALE,
a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control
ciudadanos (art 82.)
A la luz de esta fundamentación,
¿De qué manera, tanto las UGEL como los GL están cumpliendo sus roles y
responsabilidades?, ¿Cuál es el nivel de organización, participación,
vigilancia de los COPALE?.
Uno de los últimos PEL diseñados,
es el de Huamanga; sin embargo, no se implementa. Por tanto, hay omisión de
responsabilidades.
Publicado en Diario el Correo
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