En el marco del derecho a la educación se
identifican tres titularidades: de Obligación-(Estado), de responsabilidades (sociedad
civil, la familia), y titulares del derecho (estudiantado); donde el Estado es
el garante del ejercicio de este derecho, en articulación con actores de la
sociedad, comunidad, estudiantado en general; activándose para ello, estrategias
de incidencia, vigilancia, participación, seguimiento, monitoreo, evaluación de
las políticas educativas - en sus distintas fases- para asegurar el servicio
educativo de calidad con pertinencia y equidad; siendo esta, obligación de las Instancias del Gestión
Educativa Descentralizada -IGED- desde el Minedu, DRE o Gerencias de Educación,
las UGEL e IIEE.
En ese marco, el Comité DESC, ha establecido
4 núcleos esenciales del derecho a la educación: asequibilidad o
disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad respectivamente.
Contextualizando lo señalado, la situación
crítica y de riesgo que estamos atravesando refleja necesidades, precariedades,
fortalezas y perspectivas educativas. Por tanto, existen brechas bajo la lupa de
los 4 núcleos; una de estas perlas percibidas, es que la gestión educativa
continúa con horizonte burocrático, de actuar por inercia deductiva, escasa
iniciativa y no centrarse en sus roles esenciales, priorización de aspectos más
de forma que de fondo, entre otros. Por ejemplo, cabe preguntarse, ¿El GRA, a
través de su Sector, contará con balances técnicos del nivel de implementación
de las distintas políticas educativas en torno a los 4 núcleos del derecho a la
educación?
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